Translate

jueves, 3 de enero de 2013

La Estación de Renfe


Seria prolijo enumerar los múltiples casos de intervencionismo con que la Administración Pública, sea Estatal, Autonómica o Municipal, incide en la actividad de los ciudadanos, bien limitando sus derechos o incrementando sus obligaciones, pero siempre con el denominador común de gravar su maltrecha economía.
        El derecho al trabajo; a una vivienda digna; a la tutela judicial efectiva, etc.., se conculcan por la Administración, no obstante ser derechos fundamentales reconocidos en el titulo preliminar de nuestra Constitución.
        El propietario de una vivienda, se ve obligado a pagar el coste de “actualización” de su piscina comunitaria, porque la Comunidad Autónoma ha decidido por Decreto, ampliar el ancho de sus bordes perimetrales; de la pendiente de su profundidad; del número de sus escaleras; y duchas; independizar los  sistemas de motorización de las piscinas de mayores con la de los niños; habilitar en su entorno servicios independientes para hombres mujeres y discapacitados (menos mal que ha considerado que estos últimos no merecen WC diferenciados por su condición sexual), eliminar un par de  escalones de accesos sustituyéndolos por rampas, entre otras medidas absurdas de difícil compresión.
       
        Sin embargo, la Administración es insensible a las dificultades y problemas del ciudadano en casos tan flagrantes como, por ejemplo, la única estación de RENFE de Torremolinos en la Nogalera.
        No creo que exista en Europa una situación tan caótica como la que padecen los usuarios del tren de cercanías de nuestro Municipio, cuando pretenden desplazarse desde Torremolinos a Málaga o sus estaciones intermedias.
        La odisea se inicia al tener que bajar 37 escalones con una inclinación de mas de 45 grados, para acceder a una de las dos máquinas expendedoras, esperar a que los usuarios que forman cola, en gran parte extranjeros, obtengan sus billetes con la ayuda del empleado de seguridad (ya que los mensajes de las máquinas sólo están en español), para después descender 9 escalones, atravesar las vías por el túnel y volver a subir otros 37 escalones, hasta llegar al andén… y esperar 20 minutos a que llegue el próximo tren, ya que el que pretendían tomar se marchó segundos antes.
        Pero lo increíble es que desde el andén descubres otra vía de acceso en la misma plaza de La Nogalera, a 50 metros de la anteriormente descrita, con 29 escalones y que está inhabilitada para entrar o salir de la estación.
        Las dificultades para acceder al andén, del turista que se dirige al aeropuerto con su equipaje, de las personas discapacitadas y de los personas mayores o acompañados de bebés, suponen un alto riesgo de accidente que podría evitarse instalando un ascensor o una escalera automática de bajada –la de subida ya existe- o paliar las dificultades con una máquina expendedora en el segundo acceso inutilizado.
        ¿Qué Administración es competente para exigir a RENFE la adopción de las medidas de seguridad en la estación de Torremolinos?. 
        ¿Por qué no se le conmina para que solucione este grave problema  que deteriora la imagen del municipio costasoleño con más índice de visitantes?
        ¿Hasta qué punto RENFE puede obviar la legislación comunitaria  y nacional en materia de seguridad, con este bodrio de Estación?
        Lo más humillante es, que el coste de la solución no es significativo si se compara con los desmanes económicos a los que nos tienen acostumbrado las Administraciones.
        Yo aportaré mi granito de arena, pidiéndole la solución a los RR. MM. de Oriente.

Clara.

La Banca


      No creo que exista un País tan condescendiente con las entidades bancarias como España. El proteccionismo, la ausencia de normas sancionadoras contra sus prácticas abusivas; la actitud, rayana en la ilegalidad, de quien debe controlar las actividades de los Bancos, e incluso su complicidad, que en algunas ocasiones, ha provocado una situación de indefensión al ciudadano, quien, paradójicamente, es el que aporta la materia prima para que la Banca lleve a cabo sus desmanes.

         Esta introducción genérica tiene contenidos específicos que refrendan la mala praxis de la Banca española, incluyendo las denominadas Cajas, así como de las entidades financieras y aseguradoras asociadas, que merecen un capítulo aparte.

         Aún no comprendo como se consiente el fraude millonario de la Banca al dejar impagado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sobre los inmuebles que se adjudica por impago de los préstamos hipotecarios. El fraude, considerando solamente las adjudicaciones de los últimos 4 años 6 meses y 1 día (parece una condena, pero es el plazo de prescripción del impuesto), superaría con mucho, según mis cálculos, los 400 millones de euros.

         Al parecer, las adjudicaciones de los inmuebles por vía judicial, permite a los Bancos disfrazar sus transmisiones, manteniéndose la titularidad de los inmuebles por el Banco en una especie de “stand by”, hasta que la vivienda, el local o el terreno, se transmite a un tercero, quien, entonces, si tendrá que liquidar el Impuesto de Trasmisiones, olvidando, que el devengo de dicho impuesto se produjo también cuando el Banco se adjudicó el inmueble mediante Resolución judicial y que desde entonces, como sujeto pasivo del Impuesto, venía obligado a su pago. ¿Alguien puede explicar esta prerrogativa?.

         A este respecto conviene aclarar la distinción entre los términos “desahucio” y “ejecución hipotecaria”. El primero es consecuencia del impago de rentas por el arrendatario, mientras que el segundo, consiste en la toma de posesión del inmueble que se ha dado en garantía del pago de un préstamo. En ambos casos existen resoluciones judiciales que obligan al abandono del inmueble del arrendatario –si se trata de un desahucio- o de su anterior propietario- en el caso de la ejecución hipotecaria.

         La situación de necesidad económica en que se encuentra quien adquiere una vivienda para afrontar el pago total de la misma, proporciona al Banco, Caja o Entidad financiera asociada, la oportunidad de “extorsionar” al prestatario con exigencias abusivas adicionales, pues no se conforma con la garantía real de la vivienda, sino que exige la personal de sus propietarios; la de los inmuebles de sus progenitores; un seguro de vida obligatorio, (al menos el primer año), de una Compañía aseguradora que impone el Banco; el otorgamiento de la escritura en la Notaria designada por el Banco; que se tramite la documentación a través de una Gestoría que exige el Banco y que cobra por sus servicios cantidades abusivas, y además se encarga de la peritación de la vivienda – que paga el prestatario- y que sirve de base para conceder el  préstamo por el 75% del valor de la misma, con lo que se demuestra que no son necesarias las garantías adicionales.

         Por último, me permito exponer, una solución –no gubernamental- para eludir drásticamente los injustos desahucios promovidos por la Banca y que se basa en el principio de solidaridad contra la injusticia –que no ilegalidad-, y cuyo ejemplo mas significativo se produjo en EEUU con motivo del vertido de petróleo en la Bahía de Hudson, hace bastantes años.
         En aquel entonces, la mayor parte de los accionistas de la Compañía responsable del vertido, liquidaron sus títulos y obligaron al cierre y posterior desaparición de la Empresa, cuyo nombre no recuerdo pero está en las hemerotecas.
         Tomando como ejemplo dicha actitud, no es necesario pecar de cándido o de torpe – tocho en andaluz-, para saber que lo único que motiva cualquier acción bancaria es el dinero.

         Así, convocar a los vecinos de la Sucursal del Banco ejecutante  mas próxima a la vivienda objeto del desalojo, para que retiren el dinero de sus cuentas corrientes y anuncien las cancelación de sus depósitos a la fecha de sus vencimientos, supondría, sin duda, la medida mas eficaz para que el Banco responsable paralice la ejecución.

Clara.