Cuestión
distinta es el procedimiento que se siga para obtener la ganancia y el fin al
que se destine.
Una visión
retrospectiva de la institución bancaria hace 50 años y la evolución que ha
tenido hasta el día de hoy, nos permite afirmar que la relación contractual
entre banco y cliente se ha venido deteriorando paulatinamente en perjuicio de
este último.
Así, observamos
como las competencias de los directores de las sucursales bancarias han
disminuido; las relaciones personales entre las bancarios y sus clientes se han
deteriorado debido a la movilidad frecuente de aquellos a otros centros de
trabajo, lo que ha derivado en una necesidad de “consultas” a la superioridad,
para resolver pequeños problemas, que por la dilación en el tiempo, a veces
resultan ineficaces. Si a ello le añadimos la constante vulneración por parte
de la Banca , de
las condiciones del contrato suscrito con el cliente, las consecuencias son la
ruptura de la relación de igualdad entre las partes, derivando en una
subordinación, que cada día se hace mas patente.
Entre los
muchos ejemplos que avalan lo dicho, podemos citar: las limitaciones horarias
impuestas para llevar a cabo operaciones con nuestro propio dinero o en nuestra
propia cuenta; la reducción de personal
para atender la Caja
única, que origina colas de clientes, en detrimento de su tiempo; la imposibilidad de obtener una cantidad
superior a 3.000 € -como norma- si no se ha anunciado, al menos con 24 horas de
antelación; la obligatoriedad de utilizar el Cajero automático para cantidades
que no excedan de un determinado importe; el cobro de los talonarios de cheques
y del correo que se envía al cliente; las retenciones de las transferencias;
los redondeos de los decimales en su propio beneficio; la modificación
unilateral de gastos y comisiones permitidas por el Banco de España, con la
única obligación de publicarlas, etc. etc.
han convertido al cliente en un producto bancario mas, que manejan a su
antojo.
Pero el giro
mas espectacular de las prácticas bancarias se ha producido por la imperiosa
necesidad de conseguir “efectivo”, es decir dinero “contante y sonante” que les
pueda cubrir las garantías exigidas por los organismos internacionales para sus
macro-prestamos a bajo interés.
Los cientos de
miles de inmuebles hipotecados, supusieron durante mucho tiempo garantía
suficiente ofrecida por la Banca
española, para acceder a los grandes préstamos de las instituciones
internacionales (Banco Mundial; Banco Central Europeo, etc), pero al derrumbarse
el sistema inmobiliario, los prestamistas internacionales exigieron una
garantía distinta al “ladrillo”, es decir un fondo de reserva fiable.
A partir de
entonces, la política bancaria cambio su rumbo y comenzó a ejecutar las
hipotecas, incluso al primer incumplimiento de pago de una amortización. De
esta forma, podría adjudicarse la vivienda y posteriormente venderla con
reducción ostensible del importe adquirido por el titular o el ofrecido por la Promotora , en su caso.
Como está sistema
no era suficiente, se incentivó la colocación de las llamadas “acciones o
valores preferentes”, el gran engaño de la Banca para incrementar su fondo de reserva a
costa de la indisponibilidad del dinero ahorrado por muchas familias españolas.
Me consta la experiencia
del gestor de una herencia a favor de una ONG, que se adjudicó el efectivo y
los valores suscritos con diversos bancos, instando su inmediata realización.
Uno de dichos fondos se había suscrito en acciones preferentes por el
fallecido, ciego de nacimiento al que la
ONG bahía ayudado facilitándole un Perro-Guia. Ni el Banco de
España, que derivó al Defensor del Consumidor, ni la Comisión Nacional
del Mercado de Valores, pudieron dar solución alguna. Sólo la opción de que se presentaría
una querella si no se recuperaba antes de 15 días “el botin”, dio el resultado
apetecido.
Estas malas
prácticas, acompañadas por los emolumentos monumentales que se asignan los
altos cargos de las instituciones bancarias; las condonaciones de préstamos a
políticos y las inversiones de nuestros dineros en fondos engañosos, cuando
tienen la condición de depósitos, permite aventurar que a diferencia de la Justicia , la Banca ni siquiera llega a
“cachondeo”.